INSTRUCTIVO NUEVOS BONOS DE INTERNACIÓN DE IOMA

 

IMPORTANTE:

 

Debido a una decisión unilateral del IOMA, POR EL MOMENTO ESTA NORMATIVA NO ESTÁ EN VIGENCIA.

 

 

A partir del 10/11/2008 todos los bonos de prestaciones en internación no se emitirán más; en su lugar se entregará a cada entidad o asociación de profesionales un listado con el detalle de las prácticas emitidas con todos los datos que actualmente figuran en el bono agrupados por matrícula profesional.

El profesional no debe realizar ningún trámite más ya que automáticamente los códigos autorizados se imputan a su facturación habitual abonándose conjuntamente con el resto de la presentación.

 

            El circuito administrativo de presentación de carpetas continúa vigente sin ningún tipo de modificación.

 

            La institución, en lugar de retirar los bonos emitidos, retira un listado que deberá comunicar o entregar a cada profesional a fin de realizar su control y solicitar en caso de corresponder algún reclamo.

            Asimismo se generará una consulta para que cada profesional pueda acceder vía Internet al detalle de las prestaciones autorizadas (se entregarán claves para consultas a través de la AMP próximamente).

 

            En caso de reclamos deberá solicitarse en la forma habitual pero en lugar de presentar el bono se adjuntará una copia del listado donde está el bono observado o bien sus datos, con el motivo del reclamo, a fin de auditar y modificar en caso que corresponda.

            Si el reclamo se efectiviza antes de la fecha de cierre (entrega de factura pro forma a la AMP) se corrige el mismo bono y, si es posterior, se emitirá un bono nuevo que se incluirá en la próxima pro forma y se debitará el anterior.

 

            En el caso de reclamos por ajuste de valores (error en categoría, error de código, error de porcentaje o cantidad, etc.) se deberá solicitar preferentemente antes de la fecha de cierre (día 20 del mes siguiente al de emisión del listado) a fin de poder modificar el bono antes del pago.

 

            El IOMA entregará en forma mensual antes del cierre de facturación de la AMP el listado completo debidamente valorizado (factura pro forma) separado por grupo afiliatorio que adjunta a la factura y sin más documentación se presenta para el pago en forma separada con un código de OBRA SOCIAL distinto a los habituales (200).

 

            Para el caso especial de los equipos médicos las entidades deberán solicitar las prácticas con la matrícula del equipo (99xxxxxx) seguido de la matrícula del profesional que realizó la misma a fin de valorizar el diferenciado que corresponda según su categoría; de lo contrario, se emitirán a valor básico.

 

            En las prácticas quirúrgicas (código del NN del 01 al 13) se emitirán siempre al profesional que figure en el protocolo quirúrgico.

 

 

 

 

 

                                    Dirección de Auditoría y Fiscalización Médico Ambulatoria

Octubre de 2008