ARANCELES CONVENIO IOMA
PAGO POR PRESTACION

 

1. VALOR CONSULTA MÉDICA


Categoría

COPAGO  AFILIADO

IOMA

(a partir del 24/10)

COPAGO A CARGO DE IOMA

A CARGO DE IOMA

VALOR TOTAL CONSULTA

A

$ 0.00

$ 2.75

$ 31.62

$ 34.37

B

$ 14.00

$ 0.00

$ 31.62

$ 45.62

C

$ 24.00

$ 0.00

$ 31.62

$ 55.62


 

2. VALOR PRÁCTICAS

Para la valorización de las prácticas médicas especializadas y las intervenciones quirúrgicas se utilizará la misma cantidad de galenos y unidades gastos que las que figuren en el Nomenclador Nacional de Prestaciones Médicas y Sanatoriales más un factor de corrección.


CONCEPTO

VALOR

VALOR GALENO QUIRURGICO

$ 2,72

VALOR GALENO PRÁCTICA

$ 1,64

UNIDAD "C"- OTROS GASTOS

$ 0,22

UNIDAD "D"- GASTO RADIOLOGICO

$ 0,68

UNIDAD “N” GASTO BIOQUIMICO

$ 1,87

UNIDAD “A” GASTO QUIRURGICO

$ 0.87

UNIDAD “B” GASTO QUIRURGICO

$ 0.87

 

 

 

3. COPAGO DE ARANCEL DIFERENCIADO POR CATEGORIAS

El copago para prácticas ambulatorias será abonado por el afiliado del IOMA al momento de brindársele atención, y en internación se facturará por la AMP al IOMA junto con la prestación.

El valor del copago de arancel diferenciado para prácticas determinado en la cláusula sexta representa el 40 % para profesionales categoría B y el 80 % para profesionales categoría C, excluyendo el factor de corrección, respecto del valor de la práctica.

Para los profesionales médicos categoría libre corresponde se pacten los  aranceles entre profesional y paciente, debiendo en todos los casos otorgar recibo o factura conforme normas fiscales vigentes.

 

4. FACTOR DE CORRECCION

Se  aplica un factor de corrección sobre la cantidad de galenos vigente, a fin de readecuar el valor asignado a cada práctica clínica o especializada y quirúrgica.

A continuación se detallan en los cuadros respectivos los factores correctivos, tanto para los galenos clínicos o especializados como quirúrgicos.

 

 

GALENOS PRACTICAS CLINICAS o ESPECIALIZADAS

GALENOS

FACTOR DE CORRECCIÓN

VALOR/GALENO

De 0 hasta 5

1.40

$ 1,64

+ 5 hasta 10

1.30

$ 1,64

+ 10 hasta 15

1.20

$ 1,64

+ 15 hasta 20

1.10

$ 1,64

+ de 20

1.05

$ 1,64

 

 

 

 

 

     

 

 

 


GALENOS PRACTICAS QUIRÚRGICAS

GALENOS

FACTOR DE CORRECCIÓN

VALOR/GALENO

De 0 hasta 50

1.25

$ 2,72

+ 50 hasta 100

1.20

$ 2,72

+ 100 hasta 200

1.15

$ 2,72

+ 200 a hasta 300

1.10

$ 2,72

+ de 300

1.05

$ 2,72


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5. VALOR DÍA DE ATENCIÓN EN UTI, ECO Y NEO

El día de atención en UTI, UCO y NEO se calculará en galenos de práctica y se homologará a los valores correspondientes a la categoría profesional C,  independientemente de la categoría del profesional actuante. A la cantidad de galenos resultante se le aplicará el factor de corrección correspondiente.

 

 

6. VALOR CODIGOS 88 LIVIANOS Y PESADOS

Las prestaciones alta complejidad incluidas en el presente convenio (códigos 88 livianos) se establecen a un valor total y fijo, no reconociéndose diferenciado según categoría profesional, y de conformidad con lo establecido en el nomenclador del anexo 2, incrementándose en un 10% sobre los conceptos de Honorarios y Gastos.

 

Las prestaciones alta complejidad incluidas en el presente convenio (códigos 88 pesados) se establecen a un valor total y fijo, no reconociéndose diferenciado según categoría profesional, y de conformidad con lo establecido en el nomenclador del anexo 2, incrementándose en un 10% sobre los conceptos de Honorarios, Gastos y  Material radioactivo. Los honorarios de dichas prácticas, tendrán un valor mínimo igual a la consulta categoría C

 

7. ANESTESIA

Las prestaciones de anestesia se regirán por los valores y nomenclador de anestesia vigente. Se establecen a un valor total y fijo, no reconociéndose diferenciado según categoría profesional, y de conformidad con lo establecido en el nomenclador del anexo 2.